Procedimiento de Acreditación Competencia Digital Docente 2025

  • Convocatoria ordinaria de acreditación de los niveles B y C 2025

      Resolución

    RESOLUCIÓN de 10 de Abril de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el proceso ordinario de acreditación de la competencia digital docente para los niveles B y C en la Comunidad Autónoma de Extremadura  

    El procedimiento de esta convocatoria incluirá las siguientes fases:

    • Fase I. Constitución de la comisión de valoración.

    • Fase II. Valoración y publicación de datos obtenidos de oficio.

    • Fase III. Solicitud para acreditación no obtenida de oficio y reclamaciones y/o subsanación de errores de la fase II.

    • Fase IV. Valoración de datos aportados mediante solicitud.

    • Fase V. Publicación y período de subsanación o reclamación.

    • Fase VI. Publicación definitiva y registro oficial de las acreditaciones.

    Todas las fases de este procedimiento serán publicadas aquí.

  • Fase II: Valoración y publicación de datos obtenidos de oficio

    Abierta la fase de valoración de los desempeños y/o evidencias de oficio disponibles a fecha de publicación de la Resolución de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el proceso ordinario de acreditación de la competencia digital docente para los niveles B y C en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    A partir del 12 de mayo de 2025, se habilitará la consulta en la plataforma de evaluación de la CDD, disponible en:

  • Tutorial de ayuda sobre cómo realizar la consulta y solicitud de subsanación desde la aplicación

    Consulta el tutorial para saber cómo funciona la aplicación de consulta y solicitud de evaluación de tu nivel de competencia digital docente atendiendo a desempeños y/o evidencias en los niveles B y C.

    Aprende a realizar la solicitud de valoración o subsanación siguiendo las instrucciones de este tutorial.

    Recuerda que podrás hacerlo a partir del 13 de mayo desde https://servicios.educarex.es/cdd/

    (Enlace sobre imagen)


    También puedes chatear con el asistente vIrtuAl para saber más sobre el proceso. Accede al chat desde el siguiente enlace https://formacion.educarex.es/292-sites/3513-bot-acreditacion

  • Fase III: Solicitud para acreditación no obtenida de oficio y reclamaciones y/o subsanación de errores de la fase II. Plazo de solicitudes.

    Abierto el plazo de solicitud de evaluación y subsanación de errores.

    El plazo correspondiente a la fase III se establece desde el 13 de mayo hasta el 2 de Junio de 2025. En este periodo se podrán realizar las solicitudes de subsanación y/o evaluación de desempeños y/o evidencias a través de la plataforma https://servicios.educarex.es/cdd/  

    Consulta cómo hacerlo en el tutorial de ayuda.

     

  • Subsanación incidencia técnica en la plataforma de consulta y solicitud

    La plataforma de consulta de CDD https://servicios.educarex.es/cdd/    ha permanecido cerrada debido a una incidencia técnica desde el pasado día 13 de mayo.

    Así según el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Artículo 32.4. Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.

    Se procede a la ampliacion para la realización de solicitudes y subsanaciones hasta el día 2 junio.

    A lo largo del día de hoy se procederá a su reapertura.

    Por favor, revisen de nuevo su estado de valoración, pues se han podido producir modificaciones en algunos casos debido a las incidencias técnicas detectadas.

    Rogamos disculpen las molestias ocasionadas.

     

  • Publicación del listado de acreditaciones de oficio obtenidos en Fase II

    Se procede a la publicación de listados de acreditación para docentes que han obtenido de oficio algún nivel de acreditación de los niveles B1, B2 y C1 en la convocatoria ordinaria RESOLUCIÓN de 10 de Abril de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el proceso ordinario de acreditación de la competencia digital docente para los niveles B y C en la Comunidad Autónoma de Extremadura dentro de la Fase II. Valoración y publicación de datos obtenidos de oficio.

    ¡OJO! Se trata sólo de aquellos docentes que no han realizado solicitud para estos niveles por estar acreditados de oficio. 
    Estos docentes no han requerido subsanación ni aportado solicitud en estos niveles y han podido ser acreditados con los desempeños o evidencias aportadas de oficio por la Administración educativa. 
    En breve serán acreditados, podrán consultar su nivel y descargar su acreditación en RFP.

    La Fase IV de revisión de las solicitudes y subsanaciones aportadas por los solicitantes permanece abierta. Se está procediendo por parte de la Comisión de valoración  al análisis de los desempeños y evidencias aportados por cada solicitante. El resultado de dicho análisis se publicará en la Fase V

  • Fase V. Publicación de resultados provisionales y periodo de subsanación

    Una vez finalizada la Fase IV de valoración de las solicitudes, se procede a la publicación de los resultados, que podrán ser consultados por las personas interesadas a través de la plataforma habilitada:  https://servicios.educarex.es/cdd/   

    En este sentido, el próximo 13 de abril se abrirá la Fase V, correspondiente a la publicación de resultados y al periodo de subsanación y reclamación.

    Aquellas solicitudes que sean susceptibles de subsanación podrán presentar la documentación correspondiente durante el plazo establecido, del 13 al 24 de abril, ambos inclusive.

    ⚠️ Importante: no todas las evidencias o desempeños desestimados son susceptibles de subsanación. Únicamente podrán subsanarse aquellos cuya causa de desestimación esté relacionada con un defecto formal o documental, identificados mediante el código 50.

    Se recomienda revisar detenidamente el motivo de desestimación antes de iniciar cualquier proceso de subsanación.


    Consulta el procedimiento en esta presentación Genially  .

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